El Ministerio Economía y Hacienda inspeccionará a las Comunidades de Propietarios que aceptan facturas con IVA reducido sin haber solicitado CIF con la letra H

Hacienda inspeccionará a las Comunidades de Propietarios que aceptan facturas con IVA reducido (10%) sin tener CIF con la letra H.

 

Las Comunidades de Propietarios cuyo CIF empieza por la letra E no pueden pagar sus facturas con IVA reducido. Sin embargo el Ministerio de Economía y Hacienda viene comprobando que hay algunas que sí lo están haciendo así, por lo que ha avisado de que realizará inspecciones al efecto.

En el año 2008 el Ministerio de Economía y Hacienda publicó la Orden EHA/451/2008, de 20 de febrero, por la que se regula la composición del número de identificación fiscal de las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica.

Según dicha Orden, la Administración Tributaria asigna a las personas jurídicas un número de identificación fiscal que las identifique, compuesto por una letra y 7 números aleatorios, sirviendo la citada letra para informar sobre la forma jurídica de la persona. La letra H fue la asignada para las Comunidades de Propietarios en régimen de Propiedad Horizontal.

De acuerdo con lo dispuesto en esta Orden, la Agencia Estatal de Administración Tributaria comunicó durante 2008 a aquellas personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que disponían de una letra distinta, el nuevo número de identificación fiscal que les correspondía.

Las Comunidades de Propietarios que a fecha de hoy no hayan recibido la comunicación indicada anteriormente y, conforme a su forma jurídica, consideren que les debería corresponder un número de identificación fiscal distinto del que tienen asignado, deben dirigirse a la Administración o Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal para actualizar la información censal que tiene la Administración Tributaria de la entidad y obtener el número de identificación fiscal que, en su caso, le corresponda.

Es por ello que todas las Comunidades de Propietarios que a fecha de hoy todavía dispongan de CIF con la letra E, que según la Orden corresponde a las Comunidades de Bienes y herencias yacentes, deben tramita su nuevo CIF en la Agencia Tributaria a través del Modelo 036 al objeto de cambiar la letra E por la letra H.

Puede darse la circunstancia de que una empresa proveedora de una Comunidad de Propietarios no quiera emitir una factura con tipo reducido de IVA, si ésta dispone todavía de CIF con letra E, al objeto de no causar una posible confusión ante la Agencia Tributaria, por lo que si la Comunidad desea que se le emita la factura con el tipo reducido de IVA, deberá tramitar el cambio de la letra del CIF.

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