Se entienden por Diligencias Previas las actuaciones judiciales iniciales e investigaciones procesales realizadas (por el Juez de Instrucción, el Letrado de la Administración de Justicia o por los Funcionarios Judiciales) dentro del llamado Procedimiento Abreviado.
La expresión Diligencias Previas es la denominación que recibe en el Procedimiento Abreviado la formación del Sumario del Proceso Ordinario. Es decir, son las actuaciones encaminadas a determinar si el hecho que se ha realizado es punible, quién o quiénes son sus responsables, el órgano competente para enjuiciarlo y las demás circunstancias que afectan a la calificación del delito.